Fiscalizaciones de SUNAFIL

Fiscalizaciones de SUNAFIL

Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, promueve, supervisa y fiscaliza el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo. Además, brindamos asesoría técnica, realizamos investigaciones y proponemos la emisión de normas laborales.

Sunafil tiene la función de verificar el cumplimiento de las normas laborales, lo que incluye principalmente las siguientes materias:

  • Pago de remuneraciones.
  • Beneficios sociales.
  • Relaciones colectivas (libertad sindical, negociación colectiva y huelga).

CÓMO AFRONTAR LAS FISCALIZACIONES DE SUNAFIL DE MANERA EXITOSA.


LA ORGANIZACIÓN TIENE DERECHO:

  • Conocer el estado de la inspección y los nombres de los funcionarios encargados de su tramitación.
  • Obtener copias del expediente administrativo.
  • Ser oportunamente notificado sobre las decisiones de la autoridad en el domicilio informado.
  • Presentar descargos y/o apelación en caso no se compartan las conclusiones de los inspectores, autoridad instructora, y/o subintendentes.

EN EL DESARROLLO DE LA FISCALIZACIÓN

  • Se tiene derecho a grabar la fiscalización y/o tomar fotografías.

COLABORACIÓN CON LOS INSPECTORES DE TRABAJO

  • Atenderlos debidamente, prestándoles las facilidades.
    • Acreditar su identidad y la de las personas que se encuentren en los centros o lugares de trabajo.
    • Colaborar con ocasión de sus visitas u otras actuaciones inspectivas.
    • Declarar sobre cuestiones que tengan relación con las comprobaciones inspectivas.
    • Facilitarles la información y documentación necesarias para el desarrollo de sus funciones.

 

ASPECTOS A FISCALIZAR Y A TENER EN CUENTA.

La empresa debe contar con la siguiente documentación actualizada para una fiscalización exitosa:

  • Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  • Pago de remuneraciones y beneficios sociales.
  • Boletas de pago y contratos laborales.
  • Convenios colectivos.
  • Constancias de entrega del T-Registro y el formato TR5 del T-Registro (trabajadores activos en la empresa).
  • Registro de asistencia de trabajadores.
  • Relaciones colectivas (libertad sindical, negociación colectiva y huelga).
  • Derechos fundamentales (igualdad, discriminación en el trabajo, etc.).
  • Prevención y sanción del hostigamiento sexual.
  • Modificación de condiciones de trabajo y actos de hostilidad.
  • Intermediación y tercerización de servicios.
  • Seguridad y salud en el trabajo.
  • Teletrabajo/Trabajo remoto.
  • Jornada y horario de trabajo.
  • Contratación temporal.

PRINCIPALES DOCUMENTOS LABORALES.

  • Reglamento Interno de Trabajo y políticas internas.
  • Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y documentos conexos (IPER, actas del comité, registros de accidentes e incidentes, etc.).
  • Políticas internas.

 

PRINCIPALES QUE DEBE EXHIBIR EL EMPLEADOR

 

¿QUÉ REGÍMENES LABORALES FISCALIZA SUNAFIL?

SUNAFIL tiene la atribución de supervisión y fiscalización respecto a las entidades públicas con trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada, sin perjuicio de la colaboración interinstitucional que podría establecerse con SERVIR.


¿QUÉ TIPOS DE INSPECCIONES HAY?

De acuerdo con el Reglamento General de Inspección del Trabajo, las inspecciones que realiza la STPS pueden ser ordinarias y extraordinarias.


INFRACCIONES INSUBSANABLES

Resolución Directoral Nº 029-2009-MTPE/2/11.4

En el caso de incumplimientos en materia de seguridad y salud en el trabajo, que causó un accidente de trabajo, no se extenderá medida de requerimiento respecto de la afectación al trabajador accidentado, al tratarse de infracciones insubsanables; se deberá dejar constancia de ese hecho en la actuación inspectiva en la que se determine dicha infracción, debiendo efectuarse la respectiva motivación en el acta de infracción correspondiente.

TIPIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES

  • INFRACCIONES LEVES
  • INFRACCIONES GRAVES
  • INFRACCIONES MUY GRAVES

MULTAS DE SUNAFIL
Las multas de la SUNAFIL pueden variar según el tipo de infracción y la Unidad Impositiva Tributaria (UIT):

  • Faltas leves: Multas de 1 a 5 UIT
  • Faltas graves o muy graves: Multas de 10 a 20 UIT
  • Incumplimiento en la cuota de empleo para personas con discapacidad: Multas de 12 a 15 UIT
  • No registrar trabajadores en la planilla electrónica: Multa por cada trabajador afectado
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